

El recibo de haberes se encuentra en la Contaduría General del Ejército. La página en cuestión la pongo abajo para que puedan cliquear e ingresar directamente a la página principal sobre Haberes contaduria general del ejercito. Recibo de haberes SAF tiene un botón especial, para ingresar al portal especial SAF, donde debes contar con usuario y contraseña. El botón dice “INGRESO”. Recuerda: una vez que ingresas en el link de abajo, busca en la parte superior la opción que dice “INGRESO” . Abrir la página CLICK AQUI Son tanto para gestionar: recibo de haberes del personal civil recibos de sueldo de personal militar. Mic Personas (recibo de haberes). Otros sistemas CGE (SAF). Otros sistemas CGE (Entidades). En esta página se informa la situación y los diferentes medios de pago de recibos de sueldo o recibos de haberes. La contaduría General del Ejercito, ejecuta el sistema de haberes del Ejercito argentino. Cuenta con el verificador de haberes (Entidades), y verificador de alumnos (Institutos Militares). Datos de contacto FAX: 4335-3500 TEL: 4335-3509 DIRECCION: Piedras 141 – CABA EMAIL: [email protected] Para tener en cuenta: SE PONE EN CONOCIMIENTO A TODO EL PERSONAL DE LA FUERZA, QUE LOS CAMBIOS INTRODUCIDOS MEDIANTE EL DECRETO PEN 394/16, A LA LEY DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS, SE HARÁN EFECTIVOS CON LOS HABERES QUE DEVENGAN EL MES DE MARZO SE RECUERDA A TODO EL PERSONAL MILITAR, CIVIL, Y DOCENTE DE LA FUERZA, QUE EL DÍA 10 DE CADA MES, ES EL ULTIMO DÍA PARA PODER REALIZAR EL FORMULARIO AFIP 572 WEB. Se informa al personal de la Fuerza, que se encuentra disponible la opción para solicitar los avisos de acreditaciones varias (Haberes – CCD – Viáticos – Etc), en MIC Personas > Consulta de Liquidaciones > Deseo E-MAIL de Acreditación. Se informa que todos los requerimientos de altas y/o modificaciones de usuarios para ingresar al ESPACIO DE SAF, se aceptarán únicamente mediante nota dirigida a la Contaduría General del Ejército (Departamento Sistemas Informáticos), FIRMADAS únicamente por los JEFES DE SAF-UD de cada jurisdicción. SIN EXCEPCION (No se aceptarán firmas en Anexos 1, que no sean las de los JEFES DE SAF-UD. Queda derogado el requerimiento mediante FAX y/o mail. EXENCIÓN DE GANANCIAS. La adhesión al beneficio se podrá efectuar a partir del día 16 de agosto de 2016, a través del sitio web de AFIP, con clave fiscal nivel 3, mediante el servicio “Sistema Registral” opción “Características especiales”, seleccionando en la opción “Ley 27.260 – Beneficio contribuyentes cumplidores” : Ley 27.260, Art. 63 – Solicitud de exención en el impuesto a las ganancias – 1ra. Cuota de SAC periodo fiscal 2016. Si AFIP lo considerara un contribuyente cumplidor y le otorga el beneficio, el mismo debe ser informado mediante el F572 SIRADIG para que la Contaduría General del Ejercito le devuelva el monto retenido de impuesto a las ganancias en concepto de la 1ra cuota del SAC.” IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Se informa que debe mantener actualizado su F572 SIRADIG a los efectos de que sean incluidas las deducciones informadas en la liquidación mensual de las retenciones del impuesto a las ganancias”. Como consecuencia de la centralización de Servicios Administrativos Financieros en el año 1997, la implementación del nuevo sistema SCC en toda la Fuerza y el nuevo pago de haberes, se dicta este año un curso de capacitación que incluye la provisión de equipamiento informático y Software correspondiente. Como consecuencia de la centralización de los Servicios Administrativos Financieros “SAF”, el Ejército cuenta con 86 SAF UD
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